Micelio
Auto22 de marzo de 2001

A- de 2001

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Gustavo Perdomo Ceballos

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
Corte Constitucional
  • No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
  • Organo aplicador de la Constitución
  • Inaplicación del precepto constitucional
Estado Social De Derecho
  • Posición jurídica del individuo o del funcionario público
Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se dejó sin efecto la providencia de 21 de noviembre de 2000 proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal-, en esta acción de tutela, toda vez que aplicó el Decreto 1382 de 12 de julio de 2000 que resulta contrario a la Constitución, como ya se dijo; de otro lado, los conflictos de competencia no pueden ser planteados en forma anticipada, ni tampoco por el juzgador de segunda instancia, como ocurrió en este caso; y, finalmente, conforme a la lógica jurídica para decretar la nulidad de lo actuado se requiere tener competencia para conocer del asunto, lo que indica que la providencia aludida, en ese punto, resulta contradictoria.

En consecuencia, se envió el expediente a la citada Sala para que decida sobre la impugnación del actor a la sentencia de primer grado proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Penal-

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Dejar sin efecto la providencia de 21 de noviembre de 2000 proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Penal-, en esta accion de tutela, por las razones expuestas en la parte motiva de este auto.
  2. Segundo. Enviar el expediente a la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Penal-, para que, como fallador de segunda instancia en esta accion de tutela, decida sobre la impugnacion del actor a la sentencia de primer grado proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota -Sala Penal-.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.